Marco Jurídico de la Resolución
La administración tributaria ha ejecutado de oficio la extinción por prescripción (pérdida de la facultad de cobro por el transcurso del tiempo) amparada en el Código Tributario. Esta medida busca depurar carteras incobrables y facilitar la formalidad de los ciudadanos.
Descarga de Documentos Oficiales:
⚖️ Referencia Técnica
«Art. 56 y Sig. Código Tributario»
Establece la extinción de la obligación por el ministerio de la ley cuando la administración no ejerce su facultad de cobro en los plazos de 5 o 7 años.
Impacto Administrativo
Eliminación automática de cartera vencida que ya no justifica el costo operativo de gestión de cobro.
¿Qué Deudas se Extinguen?
El proceso no solo afecta el capital, sino que limpia el 100% de los recargos acumulados, devolviendo la «salud tributaria» al contribuyente.
Saneamiento del 100%
Al declararse la extinción, desaparece la obligación principal y sus accesorios. Esto es vital para deudas donde el interés ya duplicaba el capital inicial.
Capacidad de Contratación
Tras la actualización en el sistema, el contribuyente vuelve a estar «Al día», permitiendo contratos con el Estado y acceso a créditos bancarios sin bloqueos del SRI.
Filtro de Selección
La probabilidad de que tu deuda (o la de tu cliente) esté en los anexos depende directamente de la fecha de exigibilidad.
Próximos Pasos del Contador
Verificación de RUC
Consultar en «SRI en Línea» el estado de cuenta. Verificar si los valores antiguos siguen reflejados como «Firmes».
Cruce con Anexos
Revisar los anexos de las resoluciones DZ3/DZ9 para confirmar la inclusión del contribuyente en el proceso de depuración.
Certificado de Cumplimiento
Descargar el certificado. Si la extinción aplicó, el documento deberá salir positivo y libre de deudas.